La aparición de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y la democratización de su uso en algunos sectores profesionales han modificado la forma en la que se realizan determinadas funciones laborales. En muchas ocasiones, ya no es necesario un contacto directo y físico entre la empresa y los clientes, e incluso entre los mismos trabajadores de la empresa, para que los resultados del trabajo realizado sean satisfactorios en cuanto a la calidad y su repercusión económica.
Internet, el correo electrónico, el archivo de los documentos en la nube, el teléfono, las videoconferencias y el acceso remoto a las redes de datos son algunos de los avances que permiten que gran parte de las labores profesionales que se realizan en determinados sectores puedan ser llevadas a cabo con éxito casi desde cualquier lugar.
Ya a nadie le sorprende que, hoy en día, en algunas empresas se haya instaurado el teletrabajo como práctica habitual, o que determinadas compañías cuenten con servicios proporcionados por otras que están localizadas en la otra punta del planeta, ya que las comunicaciones se realizan a través de las herramientas que proporcionan las TIC.
Todo ello, unido a la globalización de los mercados, ha propiciado la aparición del trabajo deslocalizado y de las subcontrataciones para la realización de estas funciones que no requieren presencia física en el lugar de trabajo.
El ahorro en los costes y, por tanto, la ampliación del margen de beneficios, es el principal motivo que impulsa a las empresas a contar, cada vez más, con trabajadores deslocalizados y/o subcontratados.
Pero esta nueva realidad, que, sin duda, resulta beneficiosa para las empresas, los trabajadores y los modelos productivos; se erige también como un gran reto para todos los actores implicados en el medio laboral, también las Administraciones e Instituciones Públicas.
En la actualidad,no resulta complicado que estas subcontrataciones y deslocalizaciones se acaben convirtiendo en falsos autónomos, esto es, trabajadores contratados como autónomos mediante contrato mercantil pero que realizan su actividad en las condiciones de un trabajador por cuenta ajena, pero sin los derechos laborales de éste y asumiendo los costes de la cuota de autónomos, entre otros.
Y, por supuesto, está en manos de las Administraciones introducir medidas regulatorias para que quienes se acogen a la deslocalización sean realmente proveedores externos y no se conviertan en falsos autónomos.
Además, en una sociedad y modelo económico que avanzan hacia la subcontratación y el trabajo autónomo -se estima que en el año 2020 en Estados Unidos cerca de la mitad del empleo lo será bajo la modalidad freelance-, los Gobiernos deben regular las condiciones laborales de estos colectivos, que durante años han visto mermados sus derechos como trabajadores. Uno de ellos es el relacionado con la siniestralidad laboral y su cobertura.
¿Tienen los trabajadores deslocalizados y subcontratados los mismos derechos que los asalariados en esta materia? La triste realidad es que, durante muchos años, no ha sido así.
Hasta octubre de 2017, cuando el Gobierno de España aprobó la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, quienes estaban acogidos al trabajo autónomo tenían negado el acceso a una prestación en igualdad de condiciones que las de un trabajador por cuenta ajena en caso de accidente in itinere, es decir, aquel accidente de tráfico que ocurre durante el desplazamiento del trabajador desde el lugar de trabajo hasta su vivienda o viceversa.
Ahora, esta ley, que recoge en su Título VIII estos accidentes, persigue la equiparación de los derechos laborales de los trabajadores asalariados con los trabajadores autónomos, unamedida sumamente importante.
Cabe recordar en este punto que, en España, solo en 2017 fallecieron 618 trabajadores, es decir, once más que en 2016. Si escrutamos pormenorizadamente estos datos, observamos que 484 lo hicieron en jornada de trabajo y 134, in itinere. Hoy, que se celebra el Día Mundial de la Seguridad Laboral, no está de más recordar estos abrumadores datos.
¿Están preparados los gobiernos, el tejido empresarial y los trabajadores para hacer frente a los retos que plantean los nuevos modelos de trabajo? ¿Cubren las medidas adoptadas en materia de siniestralidad a todos los trabajadores por igual, o se deberían tener en cuenta las nuevas especificidades de cada uno de ellos? Los retos son muchos, pero debemos tener en cuenta que la reducción de la siniestralidad y la cobertura en caso de accidente también son pilares fundamentales sobre los que se construye el trabajo decente.
Gracis por post como este